
Código de conducta y ética
El objetivo del presente Código es contribuir al cuidado de la reputación de Makeke S.A.S. (en adelante “Makeke” o la “Compañía”).
Mientras realizamos nuestras actividades laborales, todos debemos tomar decisiones que requieren la determinación de las conductas correctas. Algunas de estas decisiones se toman de manera pautada, sencilla e independiente, otras deben ser evaluadas y consensuadas.
El Código de Conducta y Ética establece los estándares y expectativas mínimas respecto al desarrollo de nuestras relaciones con los colaboradores, clientes, el mercado, el público, los reguladores y otros grupos de interés.
Estos estándares constituyen una expresión de los valores fundamentales de la Compañía y se complementan con otras Políticas y Procedimientos adoptados por la Gerencia. El código fue desarrollado para guiar al personal respecto de las acciones correctas a tomar frente a una amplia variedad de situaciones.
Aun cuando se cuente con una guía que coadyuve a la determinación del curso correcto a tomar, existen situaciones en las cuales la aplicación puede no resultar sencilla. Ningún código prevé ni considera todas las situaciones posibles, en todas las circunstancias, en todas las jurisdicciones legales y en todas las culturas. Cuando tenga alguna pregunta o algo le preocupe, recomendamos leer atentamente el código y los manuales de procedimiento aplicables a la situación planteada. También puede remitirse a la Gerencia de Compliance.
Nuestra conducta debe ser siempre legal y también ética, de acuerdo con los principios que se describen en el presente código.
La Gerencia.
Alcance
Este código se aplica a todas las actividades en las cuales participen los gerentes, funcionarios y empleados, en adelante referidos como “colaboradores” de Makeke S.A.S.
Todos los colaboradores son responsables de comprender y aplicar las políticas y los procedimientos adoptados por la Compañía, que aseguran el cumplimiento de las leyes, regulaciones vigentes y estándares éticos en todas las cuestiones relacionadas con la gestión.
La Compañía se compromete a proveer un ámbito productivo y profesional en el cual desarrollar el trabajo y a no permitir conductas ilegales, no éticas o deshonestas
Además, se invita a Prestadores, Proveedores y a cualquier otro grupo de interés externo, a adherir a los estándares éticos desarrollados en este código, para el desarrollo de las actividades relacionadas con la compañía, a fin de actuar conforme la legislación vigente, la ética profesional y los reglamentos internos de la Compañía y de esta manera evitar conductas que pudieran violar los principios de rectitud y honestidad.
El presente Código está a disposición de las personas que lo requieran y podrá ser consultado en la página web de la Compañía.
Principios
Makeke establece los siguientes principios orientadores de sus relaciones, los cuales deben ser sostenidos, respetados y transmitidos por toda la organización.
∙ Principio de integridad: obrar con integridad y rectitud, con imparcialidad, honestidad y sinceridad, como así también negar cualquier tipo de ventaja que tenga por objetivo influenciar decisiones respecto de su desempeño profesional.
∙ Principio de objetividad: aplicar las mejores prácticas con rectitud e igualdad de tratamiento, de conformidad con las normas internas, la reglamentación vigente y las propias prácticas de Makeke. Todos los colaboradores disponen de la información necesaria para cumplir con su desempeño de manera ágil y precisa dando un adecuado tratamiento a las informaciones de acuerdo a su relevancia en los términos y principios de confidencialidad.
∙ Principio de profesionalismo: actuar con profesionalismo en todas las relaciones interpersonales, asegurando el respeto mutuo, especialmente en lo que refiere a los vínculos jerárquico-funcionales establecidas internamente.
∙ Espíritu de servicio: trabajar incansablemente para nuestros clientes. Es fundamental e indispensable el cumplimiento estricto de las reglamentaciones vigentes y de los compromisos asumidos con nuestros clientes y accionistas.
Empleados: la relación laboral
Prohibición de discriminación y acoso
Makeke S.A. contrata, remunera, promueve y gestiona la relación laboral en el marco de las regulaciones vigentes, sin considerar raza, género, color, religión, edad, nacionalidad, orientación sexual o identidad de género o cualquier otro factor protegido por las leyes.
La Compañía se compromete con la generación de un ambiente de trabajo que no se permite ninguna forma de acoso y de discriminación o represalias.
Violencia en el lugar de trabajo
Makeke no permite la violencia o las amenazas en el lugar de trabajo cometidas por, contra y/o entre los colaboradores. La violencia en el lugar de trabajo incluye amenazas a personas, el daño intencional de los bienes del empleador, a otras personas o las conductas que provoquen inseguridad en nuestro lugar de trabajo.
Fraude
Los colaboradores de Makeke se comprometen a no participar de conductas fraudulentas. La toma de conocimiento de hechos de esta naturaleza, como cualquier sospecha acerca de actividades fraudulentas se deberán informar de inmediato ante la Gerencia de Compliance.
Conflictos de intereses
Se entiende por conflicto de interés la situación que afronta un directivo, funcionario o empleado, en el desarrollo de su actividad, que puede contraponer los intereses personales o de personas relacionadas con él, con los de la Compañía, pudiendo esto afectar su desempeño o incumplir con los deberes que le competen.
Todos los colaboradores de la Compañía deben evitar las relaciones, realizar actividades o sostener intereses que estén o parezcan estar en conflicto o puedan interferir con los intereses de la compañía. La apariencia de un conflicto de intereses puede resultar tan dañina para la compañía como uno real.
Los colaboradores deberán dar a conocer formalmente y de inmediato a la Gerencia de Compliance, toda relación, actividad o interés que pueda involucrar o parecer involucrar un conflicto de intereses real o probable. Deberá excusarse en la intervención de dicha situación, salvo autorización expresa de la mencionada Gerencia.
Cuando se trate de relaciones con clientes, proveedores, y otros terceros, no se podrá ofrecer ni recibir beneficios personales inadecuados o recibir tratamiento preferencial para sí mismo o cualquier miembro de su familia en primer grado. A estos efectos, se considerarán familiares de primer grado, por consanguinidad en línea directa: padres e hijos; por afinidad en línea colateral: cónyuge.
No se debe obtener beneficios personales de las oportunidades descubiertas a través del uso de los bienes o de la información de la Compañía o por medio de su cargo en la Compañía, tampoco deben usar los bienes o la información de la compañía para su conveniencia personal; ni competir con la compañía por oportunidades de negocios.
Los funcionarios involucrados en un potencial conflicto de interés, deben abstenerse de participar en cualquier momento del proceso y/o la de toma de decisiones, sobre los hechos que se ventilen en dicho conflicto.
Por regla general, toda situación generadora de algún tipo de conflicto de interés deberá ser informada a la Gerencia de Compliance. La omisión al cumplimiento de esta obligación implicará, en principio, ser considerada una falta sustancial al presente código.
Obsequios y entretenimiento
Queda estrictamente prohibido a todos los colaboradores beneficiarse aceptando dádivas, recompensas u otros tipos de pagos excepcionales por parte de cualquier persona, física o jurídica, que realice y concrete relaciones comerciales, intente llevarlas a cabo o que compita con Makeke S.A.
El ofrecimiento y/o la aceptación de obsequios y entretenimiento se consideran apropiados sólo cuando existe un propósito comercial y el obsequio o el entretenimiento tienen la razonabilidad y objetividad de las pautas de este código, y las circunstancias claramente no comprometen la integridad, la imagen y la reputación de la Compañía.
Empleo o actividades externas
El empleo o las actividades externas no deben, interferir ni perjudicar su desempeño laboral, provocar conflicto de intereses, involucrar el patrocinio implícito o explícito de Makeke o generar información o publicidad que afecte o pueda afectar a la Compañía.
Activos de la Compañía
Todos los colaboradores deben proteger los activos de la compañía y tomar las medidas necesarias para garantizar que se utilicen de manera adecuada y eficiente. Estos activos incluyen edificios, equipo y otros activos físicos, así como también de propiedad intelectual y otra información de propiedad. Los activos de la compañía sólo deben usarse para fines legítimos del negocio.
Propiedad intelectual y otra información confidencial
Toda información relacionada con la compañía, incluyendo el sistema de Prevención de Lavado de Activos que le sea confiada o que de alguna manera tengan acceso como resultado de la función, se considera confidencial y debe ser salvaguardada,salvo que estén autorizados a divulgarla o sean obligados legalmente a hacerlo.
Asimismo, deberán tratar como confidencial toda información a la que accedan por su calidad de empleado, y que no sea del dominio público y que pudiera ser usada por un competidor o pudiera dañar a la compañía o a un empleado actual, ex-empleado, cliente, postulante, o proveedor si fuera divulgada.
No debe usarse ninguna información confidencial para beneficio de ninguna otra persona, excepto que estén específicamente autorizados a hacerlo por el Gerente de Compliance.
Estas prohibiciones continúan aun cuando dejen de ser colaboradores de Makeke S.A. por cualquier motivo.
Privacidad de los clientes
La información de la compañía sobre clientes actuales o ex clientes, con excepción de los datos personales de acceso público establecidos en la legislación vigente, es confidencial y debe ser salvaguardada. Sólo quienes tengan una necesidad legítima y relacionada con su trabajo, y que posean autorización suficiente, pueden acceder a dicha información.
En casos excepcionales, pueden necesitar divulgar información confidencial sobre un cliente o ex cliente: si lo autoriza dicha persona mediante su consentimiento previo, si es requerido por la compañía para conducir su negocio o si es requerido por la ley.
Seguridad de los datos corporativos
La seguridad de los datos corporativos abarca todas las medidas tomadas por la Gerencia para mantener los datos de la Compañía en carácter confidencial y para resguardar los datos corporativos ante la posibilidad de pérdida, robo, compromiso de la integridad o falta de disponibilidad.
Datos corporativos son, toda la información reunida, creada, procesada y/o mantenida en el curso normal de los negocios. Los datos pueden ser de forma manual (entre los ejemplos se incluyen datos expresados verbalmente, manuscritos, fotocopiados o impresos), de forma electrónica (entre los ejemplos se incluyen los correos electrónicos, correos de voz, memoria de computadoras, etc) o información específica incluida en programas de aplicación de computadoras, software de computación personal o software de sistemas operativos. Los datos corporativos también incluyen software y/o datos adquiridos por la Compañía por contratos de compra y/o licencias celebrados con proveedores externos.
Cada uno de los colaboradores o cualquier otra persona que tenga acceso físico o electrónico a los datos corporativos es responsable de resguardarlos conociendo y cumpliendo las políticas vigentes para la seguridad de la información corporativa y manteniendo los datos corporativos en carácter confidencial. Esta responsabilidad incluye la obtención de la autorización correspondiente para acceder a los datos corporativos e informar cualquier acción o incidente que pudiera amenazar la seguridad de los datos corporativos.
Comunicaciones electrónicas
No se pueden acceder o usar los sistemas de comunicación electrónica o por cable de Makeke sin la autorización apropiada. Asimismo, no se pueden usar las contraseñas ni los códigos de otros individuos para obtener acceso al correo electrónico de dicho individuo o a las comunicaciones por Internet en los sistemas de la Compañía. Estos sistemas son provistos para la gestión de los negocios de la compañía, y sólo se permite el uso personal ocasional de los sistemas. “Uso personal ocasional” significa el uso mínimo y no frecuente que no interfiera con los negocios o con el ejercicio de las tareas. No se pueden usar los sistemas para acceder, almacenar o transmitir material que pueda avergonzar, amenazar u ofender a otras personas.
Comunicaciones externas
Las solicitudes de información financiera o comercial, los pedidos de entrevistas a colaboradores para considerar temas relacionados con los negocios de Makeke, o la emisión de cualquier comunicado de prensa por parte de un colaborador deben remitirse a la o las personas designadas por la Compañía para responder a dichas solicitudes.
Asimismo, no deberá realizar ningún comentario ni responder a solicitudes de información externas relacionadas con rumores. Cualquier respuesta inapropiada o imprecisa, hasta una negación o renuncia de información, podrá generar publicidad adversa y podría afectar gravemente la posición comercial y/o legal de la Compañía.
Requisitos de divulgación pública
Las leyes de la República Argentina, las normas emitidas por el Banco Central de la República Argentina, la Unidad de información Financiera y otros organismos públicos obligan a Makeke a presentar informes periódicos ante dichos organismos.
Todos dichos informes deben cumplir con los requisitos legales y regulatorios de aplicación y no pueden contener declaraciones falsas, omisiones materiales o que afecten la imagen y reputación de la compañía.
Los responsables directa o indirectamente de la preparación de cualquiera de estos informes o cualquier otra divulgación pública de información, incluyendo divulgaciones escritas, declaraciones verbales o a través de las denominadas “redes sociales”, presentaciones visuales, eventos y conferencias de prensa, reportajes o llamados de los medios radiales y televisivos, deben asegurarse de que no contengan declaraciones falsas u omisiones y de que cumplan con todos los requisitos legales y regulatorios de aplicación.
Buscar asesoramiento o informar faltas de cumplimiento
Los empleados deben contribuir con el objetivo de identificar e informar rápidamente las sospechas de violaciones al presente código, permitiendo una pronta toma de conocimiento por parte de la compañía.
Ante la sospecha de faltas de cumplimiento o consultas sobre el curso de acción apropiado ante una situación particular, los colaboradores deberán solicitar asesoramiento al Gerente de Compliance.
Relaciones con otras Entidades Comerciales, Terceros y Organismos Públicos
Conducta comercial
Es política de Makeke cumplir las leyes, así como también los requisitos regulatorios que afectan a sus distintos negocios, como así las políticas adoptadas por la Gerencia, entre otras las políticas Antifraudes y Anticorrupción.
Esto incluye el cumplimiento de las leyes antimonopolio/de competencia, de protección al consumidor, de derechos de autor, de empleo, de higiene y seguridad, las ambientales, de prevención lavado de activos y financiación del terrorismo y otras leyes comerciales, así como también, las leyes que rigen los delitos penales.
Prácticas de deslealtad comercial
Todos los colaboradores de Makeke procurarán tratar con justicia a los empleados, clientes, productores, proveedores y competidores de la compañía.
Deben cumplir con las leyes nacionales y provinciales que prohíben actos y prácticas comerciales injustas y engañosas, así como también la competencia desleal.
Además de menoscabar nuestra reputación en el mercado como compañía que opera de manera ética, involucrarse en prácticas desleales o engañosas puede involucrar multas y sanciones civiles y penales para la compañía y quienes practican dicha conducta.
Protección del medio ambiente
La Compañía y sus colaboradores, ejercerán el buen criterio en relación con los aspectos ambientales del uso de las instalaciones e inmuebles, comprometidos a cumplir totalmente todas las leyes de protección ambiental nacionales, provinciales y locales.
Higiene y seguridad del trabajo
Es política de Makeke cumplir con las leyes nacionales y otras leyes de aplicación relacionadas con la higiene y la seguridad en el lugar de trabajo. Los colaboradores deben cumplir con las prácticas de seguridad, informar de inmediato cualquier lesión o accidente en el trabajo y cumplir las políticas y los procedimientos de seguridad y emergencia de la compañía.
Prevención Lavado de Activos y Financiación Terrorismo
Makeke se encuentra firmemente comprometida con la aplicación de las normas vigentes en materia de Prevención de Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo.
En ese sentido se ha decidido asumir el compromiso ético de mantener una conducta preventiva eficaz y eficiente para el logro del objetivo planteado. En consecuencia, se realizarán todas las acciones que estén al alcance para lograr el mantenimiento del más alto estándar de seriedad, transparencia y seguridad en las operaciones o negocios que Makeke realiza, desempeñando con eficacia y eficiencia sus responsabilidades y las tareas, tomando todas las medidas que consideren necesarias para prevenir que sus operaciones sean utilizadas para la incorporación de fondos provenientes de actividades delictivas o para la financiación del terrorismo.
De esta forma, todos los colaboradores deberán cumplir con las políticas, procedimientos, controles y los requerimientos de seguridad establecidos en circulares y manuales de procedimientos internos relacionados con la materia.
Licitaciones y contratos con sector público
La interacción con el Estado queda regulada por procedimientos que brindan un marco de actuación segura para prevenir ilícitos en el ámbito de procesos licitatorios y contratos administrativos relacionados con el Sector Público.
Estas reglas y procedimientos son extensivas a cualquier forma de interacción con el Sector Público.
Donaciones a partidos políticos
En línea con las buenas prácticas internacionales la Compañía no realiza donaciones a candidatos ni partidos políticos.
Sin perjuicio de lo expuesto, es apropiado destacar que todo miembro de la Compañía ejerce libremente, sin condicionamiento alguno, su derecho a aportar o realizar donaciones a un partido político, siempre y cuando la misma sea realizada por el colaborador a título personal y con inequívoca exclusión de Makeke SA en relación al aporte.
Donaciones filantrópicas - Patrocinios
En el marco de las acciones de Responsabilidad Social Empresaria (RSE) la compañía puede efectuar donaciones y aportes filantrópicos económicos o en especie, los cuales atraviesan estrictas instancias de revisión y procedencia.
Dicho proceso consiste en un análisis de diligencia reforzada a fin de determinar la probidad de las instituciones beneficiarias de las iniciativas, las cuales son elevadas a consideración del Oficial de Cumplimiento, quien en base a sus políticas preventivas brinda consenso para avanzar o no con la Organización propuesta.