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Código de conducta y ética

El objetivo del presente Código es contribuir al cuidado de la reputación de Makeke S.A.S. (en adelante “Makeke” o la “Compañía”).

Mientras realizamos nuestras actividades laborales, todos debemos tomar decisiones que requieren la determinación de las conductas correctas. Algunas de estas decisiones se toman de manera pautada, sencilla e independiente, otras deben ser evaluadas y consensuadas.

El Código de Conducta y Ética establece los estándares y expectativas mínimas respecto al desarrollo de nuestras relaciones con los colaboradores, clientes, el mercado, el público, los reguladores y otros grupos de interés.

Estos estándares constituyen una expresión de los valores fundamentales de la Compañía y se complementan con otras Políticas y Procedimientos adoptados por la Gerencia. El código fue desarrollado para guiar al personal respecto de las acciones correctas a tomar frente a una amplia variedad de situaciones.

Aun cuando se cuente con una guía que coadyuve a la determinación del curso correcto a tomar, existen situaciones en las cuales la aplicación puede no resultar sencilla. Ningún código prevé ni considera todas las situaciones posibles, en todas las circunstancias, en todas las jurisdicciones legales y en todas las culturas. Cuando tenga alguna pregunta o algo le preocupe, recomendamos leer atentamente el código y los manuales de procedimiento aplicables a la situación planteada. También puede remitirse a la Gerencia de Compliance.

Nuestra conducta debe ser siempre legal y también ética, de acuerdo con los principios que se describen en el presente código.

La Gerencia.

Alcance

Este código se aplica a todas las actividades en las cuales participen los gerentes,  funcionarios y empleados, en adelante referidos como “colaboradores” de Makeke S.A.S.

Todos los colaboradores son responsables de comprender y aplicar las políticas y los  procedimientos adoptados por la Compañía, que aseguran el cumplimiento de las leyes, regulaciones vigentes y estándares éticos en todas las cuestiones relacionadas con la gestión.

La Compañía se compromete a proveer un ámbito productivo y profesional en el cual  desarrollar el trabajo y a no permitir conductas ilegales, no éticas o deshonestas

Además, se invita a Prestadores, Proveedores y a cualquier otro grupo de interés externo, a adherir a los estándares éticos desarrollados en este código, para el desarrollo de las  actividades relacionadas con la compañía, a fin de actuar conforme la legislación vigente,  la ética profesional y los reglamentos internos de la Compañía y de esta manera evitar conductas que pudieran violar los principios de rectitud y honestidad.
El presente Código está a disposición de las personas que lo requieran y podrá ser  consultado en la página web de la Compañía.

Principios

Makeke establece los siguientes principios orientadores de sus relaciones, los cuales deben ser sostenidos, respetados y transmitidos por toda la organización.

∙ Principio de integridad: obrar con integridad y rectitud, con imparcialidad, honestidad y sinceridad, como así también negar cualquier tipo de ventaja que tenga  por objetivo influenciar decisiones respecto de su desempeño profesional.

∙ Principio de objetividad: aplicar las mejores prácticas con rectitud e igualdad de tratamiento, de conformidad con las normas internas, la reglamentación vigente y las propias prácticas de Makeke. Todos los colaboradores disponen de la  información necesaria para cumplir con su desempeño de manera ágil y precisa  dando un adecuado tratamiento a las informaciones de acuerdo a su relevancia en  los términos y principios de confidencialidad.

∙ Principio de profesionalismo: actuar con profesionalismo en todas las relaciones  interpersonales, asegurando el respeto mutuo, especialmente en lo que refiere a los  vínculos jerárquico-funcionales establecidas internamente.

∙ Espíritu de servicio: trabajar incansablemente para nuestros clientes. Es fundamental e indispensable el cumplimiento estricto de las reglamentaciones vigentes y de los compromisos asumidos con nuestros clientes y accionistas.

Empleados: la relación laboral

Prohibición de discriminación y acoso

Makeke S.A. contrata, remunera, promueve y gestiona la relación laboral en el marco de las regulaciones vigentes, sin considerar raza, género, color, religión, edad, nacionalidad,  orientación sexual o identidad de género o cualquier otro factor protegido por las leyes.

La Compañía se compromete con la generación de un ambiente de trabajo que no se  permite ninguna forma de acoso y de discriminación o represalias.

Violencia en el lugar de trabajo

Makeke no permite la violencia o las amenazas en el lugar de trabajo cometidas por, contra  y/o entre los colaboradores. La violencia en el lugar de trabajo incluye amenazas a  personas, el daño intencional de los bienes del empleador, a otras personas o las conductas  que provoquen inseguridad en nuestro lugar de trabajo.

Fraude

Los colaboradores de Makeke se comprometen a no participar de conductas fraudulentas.  La toma de conocimiento de hechos de esta naturaleza, como cualquier sospecha acerca  de actividades fraudulentas se deberán informar de inmediato ante la Gerencia de  Compliance.

Conflictos de intereses

Se entiende por conflicto de interés la situación que afronta un directivo, funcionario o  empleado, en el desarrollo de su actividad, que puede contraponer los intereses personales  o de personas relacionadas con él, con los de la Compañía, pudiendo esto afectar su  desempeño o incumplir con los deberes que le competen.

Todos los colaboradores de la Compañía deben evitar las relaciones, realizar actividades o sostener intereses que estén o parezcan estar en conflicto o puedan interferir con los  intereses de la compañía. La apariencia de un conflicto de intereses puede resultar tan  dañina para la compañía como uno real.
Los colaboradores deberán dar a conocer formalmente y de inmediato a la Gerencia de  Compliance, toda relación, actividad o interés que pueda involucrar o parecer involucrar un  conflicto de intereses real o probable. Deberá excusarse en la intervención de dicha  situación, salvo autorización expresa de la mencionada Gerencia.

Cuando se trate de relaciones con clientes, proveedores, y otros terceros, no se podrá  ofrecer ni recibir beneficios personales inadecuados o recibir tratamiento preferencial para sí mismo o cualquier miembro de su familia en primer grado. A estos efectos, se  considerarán familiares de primer grado, por consanguinidad en línea directa: padres e  hijos; por afinidad en línea colateral: cónyuge.

No se debe obtener beneficios personales de las oportunidades descubiertas a través del  uso de los bienes o de la información de la Compañía o por medio de su cargo en la  Compañía, tampoco deben usar los bienes o la información de la compañía para su  conveniencia personal; ni competir con la compañía por oportunidades de negocios.

Los funcionarios involucrados en un potencial conflicto de interés, deben abstenerse de  participar en cualquier momento del proceso y/o la de toma de decisiones, sobre los  hechos que se ventilen en dicho conflicto.

Por regla general, toda situación generadora de algún tipo de conflicto de interés deberá  ser informada a la Gerencia de Compliance. La omisión al cumplimiento de esta obligación  implicará, en principio, ser considerada una falta sustancial al presente código.

Obsequios y entretenimiento

Queda estrictamente prohibido a todos los colaboradores beneficiarse aceptando dádivas,  recompensas u otros tipos de pagos excepcionales por parte de cualquier persona, física o  jurídica, que realice y concrete relaciones comerciales, intente llevarlas a cabo o que  compita con Makeke S.A.

El ofrecimiento y/o la aceptación de obsequios y entretenimiento se consideran apropiados  sólo cuando existe un propósito comercial y el obsequio o el entretenimiento tienen la  razonabilidad y objetividad de las pautas de este código, y las circunstancias claramente no  comprometen la integridad, la imagen y la reputación de la Compañía.

Empleo o actividades externas

El empleo o las actividades externas no deben, interferir ni perjudicar su desempeño  laboral, provocar conflicto de intereses, involucrar el patrocinio implícito o explícito de  Makeke o generar información o publicidad que afecte o pueda afectar a la Compañía.

Activos de la Compañía

Todos los colaboradores deben proteger los activos de la compañía y tomar las medidas  necesarias para garantizar que se utilicen de manera adecuada y eficiente. Estos activos  incluyen edificios, equipo y otros activos físicos, así como también de propiedad intelectual  y otra información de propiedad. Los activos de la compañía sólo deben usarse para fines  legítimos del negocio.

Propiedad intelectual y otra información confidencial

Toda información relacionada con la compañía, incluyendo el sistema de Prevención de  Lavado de Activos que le sea confiada o que de alguna manera tengan acceso como  resultado de la función, se considera confidencial y debe ser salvaguardada,salvo que estén  autorizados a divulgarla o sean obligados legalmente a hacerlo.

Asimismo, deberán tratar como confidencial toda información a la que accedan por su  calidad de empleado, y que no sea del dominio público y que pudiera ser usada por un  competidor o pudiera dañar a la compañía o a un empleado actual, ex-empleado, cliente,  postulante, o proveedor si fuera divulgada.

No debe usarse ninguna información confidencial para beneficio de ninguna otra persona,  excepto que estén específicamente autorizados a hacerlo por el Gerente de Compliance.

Estas prohibiciones continúan aun cuando dejen de ser colaboradores de Makeke S.A. por  cualquier motivo.


Privacidad de los clientes

La información de la compañía sobre clientes actuales o ex clientes, con excepción de los  datos personales de acceso público establecidos en la legislación vigente, es confidencial y  debe ser salvaguardada. Sólo quienes tengan una necesidad legítima y relacionada con su  trabajo, y que posean autorización suficiente, pueden acceder a dicha información.

En casos excepcionales, pueden necesitar divulgar información confidencial sobre un  cliente o ex cliente: si lo autoriza dicha persona mediante su consentimiento previo, si es  requerido por la compañía para conducir su negocio o si es requerido por la ley.

Seguridad de los datos corporativos

La seguridad de los datos corporativos abarca todas las medidas tomadas por la Gerencia para mantener los datos de la Compañía en carácter confidencial y para resguardar los  datos corporativos ante la posibilidad de pérdida, robo, compromiso de la integridad o falta  de disponibilidad.

Datos corporativos son, toda la información reunida, creada, procesada y/o mantenida en  el curso normal de los negocios. Los datos pueden ser de forma manual (entre los ejemplos  se incluyen datos expresados verbalmente, manuscritos, fotocopiados o impresos), de  forma electrónica (entre los ejemplos se incluyen los correos electrónicos, correos de voz,  memoria de computadoras, etc) o información específica incluida en programas de  aplicación de computadoras, software de computación personal o software de sistemas  operativos. Los datos corporativos también incluyen software y/o datos adquiridos por la  Compañía por contratos de compra y/o licencias celebrados con proveedores externos.

Cada uno de los colaboradores o cualquier otra persona que tenga acceso físico o  electrónico a los datos corporativos es responsable de resguardarlos conociendo y  cumpliendo las políticas vigentes para la seguridad de la información corporativa y  manteniendo los datos corporativos en carácter confidencial. Esta responsabilidad incluye  la obtención de la autorización correspondiente para acceder a los datos corporativos e  informar cualquier acción o incidente que pudiera amenazar la seguridad de los datos  corporativos.

Comunicaciones electrónicas

No se pueden acceder o usar los sistemas de comunicación electrónica o por cable de  Makeke sin la autorización apropiada. Asimismo, no se pueden usar las contraseñas ni los  códigos de otros individuos para obtener acceso al correo electrónico de dicho individuo o  a las comunicaciones por Internet en los sistemas de la Compañía. Estos sistemas son  provistos para la gestión de los negocios de la compañía, y sólo se permite el uso personal  ocasional de los sistemas. “Uso personal ocasional” significa el uso mínimo y no frecuente  que no interfiera con los negocios o con el ejercicio de las tareas. No se pueden usar los  sistemas para acceder, almacenar o transmitir material que pueda avergonzar, amenazar u  ofender a otras personas.

Comunicaciones externas

Las solicitudes de información financiera o comercial, los pedidos de entrevistas a  colaboradores para considerar temas relacionados con los negocios de Makeke, o la  emisión de cualquier comunicado de prensa por parte de un colaborador deben remitirse  a la o las personas designadas por la Compañía para responder a dichas solicitudes.

Asimismo, no deberá realizar ningún comentario ni responder a solicitudes de información  externas relacionadas con rumores. Cualquier respuesta inapropiada o imprecisa, hasta  una negación o renuncia de información, podrá generar publicidad adversa y podría afectar  gravemente la posición comercial y/o legal de la Compañía.

Requisitos de divulgación pública

Las leyes de la República Argentina, las normas emitidas por el Banco Central de la  República Argentina, la Unidad de información Financiera y otros organismos públicos  obligan a Makeke a presentar informes periódicos ante dichos organismos.

Todos dichos informes deben cumplir con los requisitos legales y regulatorios de aplicación  y no pueden contener declaraciones falsas, omisiones materiales o que afecten la imagen  y reputación de la compañía.

Los responsables directa o indirectamente de la preparación de cualquiera de estos  informes o cualquier otra divulgación pública de información, incluyendo divulgaciones  escritas, declaraciones verbales o a través de las denominadas “redes sociales”,  presentaciones visuales, eventos y conferencias de prensa, reportajes o llamados de los  medios radiales y televisivos, deben asegurarse de que no contengan declaraciones falsas  u omisiones y de que cumplan con todos los requisitos legales y regulatorios de aplicación.

Buscar asesoramiento o informar faltas de cumplimiento

Los empleados deben contribuir con el objetivo de identificar e informar rápidamente las  sospechas de violaciones al presente código, permitiendo una pronta toma de  conocimiento por parte de la compañía.
Ante la sospecha de faltas de cumplimiento o consultas sobre el curso de acción apropiado  ante una situación particular, los colaboradores deberán solicitar asesoramiento al Gerente de Compliance.

Relaciones con otras Entidades Comerciales, Terceros y Organismos Públicos

Conducta comercial

Es política de Makeke cumplir las leyes, así como también los requisitos regulatorios que  afectan a sus distintos negocios, como así las políticas adoptadas por la Gerencia, entre  otras las políticas Antifraudes y Anticorrupción.

Esto incluye el cumplimiento de las leyes antimonopolio/de competencia, de protección al  consumidor, de derechos de autor, de empleo, de higiene y seguridad, las ambientales, de  prevención lavado de activos y financiación del terrorismo y otras leyes comerciales, así  como también, las leyes que rigen los delitos penales.

Prácticas de deslealtad comercial

Todos los colaboradores de Makeke procurarán tratar con justicia a los empleados, clientes,  productores, proveedores y competidores de la compañía.

Deben cumplir con las leyes nacionales y provinciales que prohíben actos y prácticas  comerciales injustas y engañosas, así como también la competencia desleal.

Además de menoscabar nuestra reputación en el mercado como compañía que opera de  manera ética, involucrarse en prácticas desleales o engañosas puede involucrar multas y  sanciones civiles y penales para la compañía y quienes practican dicha conducta.

Protección del medio ambiente

La Compañía y sus colaboradores, ejercerán el buen criterio en relación con los aspectos  ambientales del uso de las instalaciones e inmuebles, comprometidos a cumplir totalmente  todas las leyes de protección ambiental nacionales, provinciales y locales.

Higiene y seguridad del trabajo

Es política de Makeke cumplir con las leyes nacionales y otras leyes de aplicación relacionadas con la higiene y la seguridad en el lugar de trabajo. Los colaboradores deben  cumplir con las prácticas de seguridad, informar de inmediato cualquier lesión o accidente  en el trabajo y cumplir las políticas y los procedimientos de seguridad y emergencia de la compañía.

Prevención Lavado de Activos y Financiación Terrorismo

Makeke se encuentra firmemente comprometida con la aplicación de las normas vigentes en materia de Prevención de Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo.

En ese sentido se ha decidido asumir el compromiso ético de mantener una conducta preventiva eficaz y eficiente para el logro del objetivo planteado. En consecuencia, se realizarán todas las acciones que estén al alcance para lograr el mantenimiento del más  alto estándar de seriedad, transparencia y seguridad en las operaciones o negocios que  Makeke realiza, desempeñando con eficacia y eficiencia sus responsabilidades y las tareas, tomando todas las medidas que consideren necesarias para prevenir que sus operaciones  sean utilizadas para la incorporación de fondos provenientes de actividades delictivas o  para la financiación del terrorismo.

De esta forma, todos los colaboradores deberán cumplir con las políticas, procedimientos, controles y los requerimientos de seguridad establecidos en circulares y manuales de procedimientos internos relacionados con la materia.

Licitaciones y contratos con sector público

La interacción con el Estado queda regulada por procedimientos que brindan un marco de actuación segura para prevenir ilícitos en el ámbito de procesos licitatorios y contratos  administrativos relacionados con el Sector Público.

Estas reglas y procedimientos son extensivas a cualquier forma de interacción con el Sector Público.

Donaciones a partidos políticos

En línea con las buenas prácticas internacionales la Compañía no realiza donaciones a  candidatos ni partidos políticos.

Sin perjuicio de lo expuesto, es apropiado destacar que todo miembro de la Compañía ejerce libremente, sin condicionamiento alguno, su derecho a aportar o realizar donaciones a un partido político, siempre y cuando la misma sea realizada por el colaborador a título  personal y con inequívoca exclusión de Makeke SA en relación al aporte.

Donaciones filantrópicas - Patrocinios

En el marco de las acciones de Responsabilidad Social Empresaria (RSE) la compañía puede  efectuar donaciones y aportes filantrópicos económicos o en especie, los cuales atraviesan  estrictas instancias de revisión y procedencia.

Dicho proceso consiste en un análisis de diligencia reforzada a fin de determinar la probidad  de las instituciones beneficiarias de las iniciativas, las cuales son elevadas a consideración del Oficial de Cumplimiento, quien en base a sus políticas preventivas brinda consenso para avanzar o no con la Organización propuesta.

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MAKEKE S.A.S.CUIT 30-71664613-7 Espejo 111, Ciudad de Mendoza, Argentina.

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